jueves, 21 de agosto de 2014

ECOLOGIA Y TRANSFORMACIÓN DEL TERRITORIO

Abren el link hay podrán descargar un archivo de diapositivas para que lo lean Hay un trabajo consistente en 59 diapositivas de un colombiano, Salvador Rueda (junio de 2010) que se titula ECOLOGÍA Y TRANSFORMACIÓN DEL TERRITORIO.

Es un excelente trabajo que nos pone en sintonia con lo que aspiramos a encontrar en nuestro territorio Bosques de la Corona https://www.google.com.co/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&ved=0CBwQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.eafit.edu.co%2Fcentros%2Furb-am%2FDocuments%2FEcolog%25C3%25ADa%2520urbana%2520y%2520transformaci%25C3%25B3n%2520del%2520territorio.ppt&ei=axT2U7J7hOCwBK3HgOAK&usg=AFQjCNF-MuwhCUYBbQ0DKdz8fP_87r8tlQ&sig2=3BoUQhLXpSkyzhMK8Zvrzw

jueves, 14 de agosto de 2014

CIRCULAR Nº 09 (Agosto 8 de 2014)

ASOCIACIÓN DE VIVIENDA  BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T.  9006766898-2

C I R C U L A R  Nº 09
(Agosto 8 de 2014)

Con asistencia de 51 asociados,  y representación delegada de 16 asociados, esto es, con quórum decisorio, se cumplió la asamblea Extraordinaria pactada para el día 19 de julio de 2014,  donde se dio a conocer el resultado de la protocolización de la escritura a favor de la Asociación del lote con extensión de 23.865 metros ; se aprobaron el reglamento interno, así  como la reforma de estatutos y se proyectó un presupuesto de gastos tendientes a la continuidad del proyecto de regulación y legalización urbanística de dicho lote.
Cuadro de texto: El Reglamento interno es una orden, un decreto que desarrolla los contenidos expresados en los estatutos,  a fin del cumplimiento del objeto social. La responsabilidad, la dedicación, el compromiso y  el esfuerzo,  serán las herramientas con las cuales la asociación podrá ir cumpliendo sus objetivos, tal como lo expresa el capítulo III de la ética y moral de los asociados, en  su artículo 11º. 






Con la aprobación del reglamento interno  quedan  en firme requerimientos de orden disciplinario, tales como:
1.- FALTAS LEVES: A)-Atraso de dos meses en la cuota de administración que se debe cancelar PUNTUALMENTE, durante los primeros cinco (5) días calendario de cada mes,  acarrea un incremento del 50%  por cada mes vencido; B)- Atraso de dos días, después de fijada la fecha aprobada en asamblea de Asociados para la cancelación de aportes extraordinarios; C)- Inasistencia injustificada a las asambleas, ocasiona sanción del 3% de un S.L.M.V.
2.- FALTAS GRAVES: a)- Incumplimiento a los acuerdos de la asamblea; b) incurrir en más de dos faltas leves, c) Más de siete (7) faltas continuas o discontinuas.
EN LAS REUNIONES GENERALES Y ASAMBLEAS: Los asociados tienen derecho al voto,  condicionado a tener cancelados los aportes económicos solidarios (cuotas ordinarias/extraordinarias previamente determinadas).
Los asociados podrán delegar su asistencia a las asambleas con derecho a voz  y voto, siempre que  se encuentren activos, HASTA POR UN MÁXIMO DE SIETE (7) VECES CONSECUTIVAS O NO.  Las personas con calidad de representantes NO PODRÁN SER ASOCIADOS, además solo podrán representar a un (1) asociado. La NO JUSTIFICACIÓN,  se sanciona con un tres (3) % de un S.L. M.V.  ; Siete (7) faltas continuas o discontinuas acarrea sanción económica del 10%  de un S.L.M.V., ADEMÁS SE CONSIDERA FALTA GRAVE, CONSTITUYENDOSE EN CAUSAL DE EXCLUSIÓN.

Se solicita el favor de visitar el blog de la asociación para conocer el contenido del acto  administrativo  “ACUERDO Nº 04”,  proferido por la asamblea extraordinaria del 19 de julio/14,  que orienta caminos de acción de planificación estratégica.

Finalmente, conmino a los (as) asociados a reconocer esta circular como fundamento esencial del trabajo asociativo, razón inequívoca de nuestro objeto social.

Cordial saludo a todas y todos.

HENRY MOSQUERA MUÑOZ

Presidente Junta Directiva