sábado, 18 de octubre de 2014

SOLICITUD CONVENIO PARA BOSQUES DE LA CORONA

Santander de Quilichao, Cauca, octubre 15 de 2014

Señor Arquitecto
EDISON WLADIMIR GAVIRIA LÓPEZ
Director Programa  de Arquitectura FUNDACIÓN
UNIVERSITARIA DE POPAYÁN, NORTE DEL CAUCA


REFERENCIA  : Solicitud de acompañamiento de Estudiantes.
ASUNTO          : Solicitud de Cooperación.


Presento un cordial saludo.

Los docentes en   Colombia, recibimos en promedio salario mensual de 1.7 millones, según informe de la Fundación Compartir, mientras el resto de profesionales (incluso con menor tiempo de escolaridad), perciben en promedio, 2.6 millones. A pesar de esta realidad para el trabajador de la educación varios profesores nos comprometimos  en la búsqueda de un sistema alternativo de mercadeo que nos permitiera fortalecer nuestra capacidad adquisitiva, y contribuimos a la conformación  de una estructura de economía social y comunitaria, para establecer un programa de vivienda.

Entendimos que no podíamos ni debíamos actuar individualmente, para obtener  vivienda a  través de firmas constructoras, por eso, nos involucramos colectivamente en La Asociación de Vivienda Bosques de la Corona, organización conformada  en un noventa por ciento (90 %) por educadores de este municipio, adquiriendo un lote con extensión superior a los 23.000 metros cuadrados con el propósito de  acortar la distancia entre nosotros y los “Urbanizadores”, es decir, rompiendo la cadena de intermediarios especuladores con el precio de la tierra.

Para el logro del objeto social, destacamos los  recursos económicos de crédito y subsidio para la  financiación de la construcción de nuestras casas tipo Vivienda de Interés Prioritario, así:

1.    El Ministerio de Educación Nacional, en el marco de la política de Bienestar Docente, incluye el programa de vivienda, conformando una comisión integrada además por el Fondo Nacional del Ahorro, con el objeto de facilitar el acceso a crédito de vivienda para el magisterio colombiano y utilizar las cesantías como ahorro inicial (voluntario contractual).
2.    Como organización aspiramos a gestionar ante Comfacauca, el reconocimiento de los subsidios de aquellos docentes (la mayoría) con asignación básica menor o igual a cuatro (4) salarios mínimo legal vigente que tienen derecho al subsidio de vivienda, de acuerdo con las condiciones y reglamentos para acceder al mismo.


SOLICITUD.
Teniendo como referencia las necesidades y características de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona aquí descritas, además de la misión de la oficina de Proyección Social del programa de arquitectura de esta prestigiosa institución, respetuosa y comedidamente solicito en nombre de esta organización, establecer un convenio de cooperación mediante acompañamiento de estudiantes de arquitectura,  en la que se generen conocimientos y aplicaciones sobre la adecuada concepción de vivienda, de entorno urbano.

Solicitamos  actuaciones encaminadas a asesorar, elaborar y supervisar todo lo relacionado con las áreas de  diseño urbano, diseño arquitectónico, asesoría en el área de construcción, estructuras, etc., que sintetice conocimientos teóricos y técnicos inherentes al hábitat humano.

Se plantea como objetivo general, la regularización urbanística y arquitectónica  de un predio de la Asociación,  además de otro en vía de adquisición,  mediante la definición de acciones prioritarias para su mejoramiento integral, articulando la gestión político administrativa y las actuaciones públicas y privadas, que garanticen su ejecución, donde el  espacio público sea el principal eje estructurante del territorio, incorporando una eficiente y coherente disposición de equipamientos, una red vial que permita una adecuada movilidad y conectividad urbana y al reconocimiento de las particularidades de ese territorio a partir de su localización y relación con la zona de expansión “La Corona”,  de tal manera que se eleve la calidad de vida de los asociados moradores.
 Formulamos dentro de los objetivos específicos:
1.- Buscar cooperación para asesorar, formular y elaborar anteproyecto (s) para solución de vivienda en el (los) predio (s) de la Asociación, con su correspondiente planeamiento urbanístico y arquitectónico articulando las dotaciones, equipamientos y espacios públicos  que la conformarán, así como la generación de la normativa para el desarrollo y aplicación de esta zona de expansión en cuanto a ocupación, aprovechamiento, índice de construcción, usos permitidos y otras normativas aplicables, según establece el Acuerdo Municipal del P.B.O.T.
2.- Concertar los ante proyectos de urbanismo para vivienda nueva, urbana, formulados y presentados por profesionales en el ramo, permitiendo viabilizar proyectos para una futura asignación de recursos que complemente el cierre financiero del proyecto de vivienda nueva,  de tal manera que se garantice la terminación exitosa del mismo.

Sin otro particular, esperando respuesta favorable a nuestra pretensión, se suscribe,
Atentamente,


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HENRY MOSQUERA MUÑOZ
Representante Legal Asociación de Vivienda
Bosques de La Corona










SOLICITUD DE ANTEPROYECTO-PROYECTO DE URBANISMO Y ARQUITECTÓNICO

ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T.  900676898-2

                   SOLICITUD DE ANTEPROYECTO-PROYECTO DE URBANISMO Y                             ARQUITECTÓNICO

LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO
El predio con extensión superficiaria de 23,865 M2, está localizado en suelo de expansión urbana, en inmediaciones de la antigua Hacienda La Corona , contiguo al conjunto cerrado Privilegio I, ubicado en el perímetro de las calles 13 y 16 y las carreras 7ª y 9ª, de Santander de Quilichao, Cauca, como se indica en el levantamiento topográfico anexo. Actualmente se está desarrollando una promesa de compraventa de otro lote con extensión de 12,945 M2 que albergaría cincuenta y cuatro (54) soluciones de vivienda, evento que esperamos finiquitar con la protocolización de la escritura a favor de la asociación, el 7 de noviembre del año en curso.
Existe certificación expedida por la entidad competente, de acuerdo con el  PBOT  vigente,  donde  consta que el predio es apto para construcción de vivienda y uso residencial señalando como mínimo índice de ocupación, índice de construcción, densidades, alturas, aislamientos en el caso que aplique.
Vale informar,  que el predio no se encuentra en zonas de reserva de obra pública o de infraestructura básica del nivel nacional, regional o municipal; zonas de alto riesgo no mitigable; zonas de protección de los recursos naturales.
Existe un plano de localización del predio(1) con curvas de nivel, donde se aprecia,  área, perímetro y linderos., además de un inventario de árboles
Se aportará certificación expedida por la oficina competente de Planeación Municipal y vivienda en la cual consta que el predio cuenta con disponibilidad inmediata, total y continua de los servicios públicos de energía eléctrica, acueducto y alcantarillado, expedida por un prestador de servicios públicos domiciliarios, especificando identificación del predio (nombre, número catastral, nomenclatura y número de folio) y la referenciación  del punto de conexión.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El Proyecto de regularización y legalización urbanística y arquitectónica para los copropietarios de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona está encaminado al mejoramiento integral de las condiciones de vivienda y hábitat, soportado en el conocimiento de las características particulares, sus dinámicas territoriales y referentes normativos, potenciándolos a través de la articulación de las especialidades profesionales públicas o privadas y la preservación de las características ambientales, en beneficio de la comunidad, el entorno y la construcción de ciudad ideal.
Es por esta razón que el Proyecto  Bosques de La Corona,  busca consolidar un modelo de ocupación que reconoce la construcción social de los barrios, a través de la integración de sus elementos  estructurantes naturales al sistema de la ciudad, buscando privilegiar la sostenibilidad ambiental, orientar una nueva intervención para esta zona de transición entre la ciudad consolidada y el suelo urbano por desarrollar.
Se busca potenciar el disfrute del paisaje y los elementos propios que no se han reconocido, mejorar la conectividad dentro de la zona y de ésta con la ciudad, valorar los suelos de protección, recuperar y aumentar el espacio público, construir equipamientos de calidad y asentar a la población en proyectos habitacionales que garanticen el cumplimiento de los fines de la función pública del urbanismo.

El Modelo  del Proyecto Urbano  Bosques de La Corona, deberá considerarse como referente de intervención del territorio a consolidar, de manera articulada y coordinada, por las instancias Municipales, la Asociación y las diferentes instituciones públicas o privadas que participen en el proceso de desarrollo y ejecución en virtud de la consolidación del mismo.


OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL.
Concretar un proyecto urbano para la regularización urbanística y arquitectónica  del predio de la Asociación   (Zona La Corona),  mediante la definición de acciones prioritarias para su mejoramiento integral, articulando la gestión político administrativa y las actuaciones públicas y privadas, que garanticen su ejecución, donde el  espacio público sea el principal eje estructurante del territorio, incorporando una eficiente y coherente disposición de equipamientos, una red vial que permita una adecuada movilidad y conectividad urbana y al reconocimiento de las particularidades de ese territorio a partir de su localización y relación con el rio Quilichao,  de tal manera que se eleve la calidad de vida de los asociados moradores.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:
1.- Buscar vínculos de cooperación para asesorar, formular y elaborar anteproyecto y proyecto para solución de vivienda en el predio de la Asociación, con su correspondiente planeamiento urbanístico y arquitectónico articulando las dotaciones, equipamientos y espacios públicos  que la conformarán, así como la generación de la normativa para el desarrollo y aplicación de esta zona de expansión en cuanto a ocupación, aprovechamiento, índice de construcción, usos permitidos y otras normativas aplicables, según lo establece el Acuerdo Municipal del P.B.O.T.
2.- Concertar los ante proyectos de urbanismo para vivienda nueva, urbana, formulados y presentados por profesionales en el ramo, permitiendo viabilizar proyectos para una futura asignación de recursos que complemente el cierre financiero de los proyectos de vivienda nueva,  de tal manera que se garantice la terminación exitosa del proyecto.

REQUERIMIENTOS ESPECIALES
Con el objeto de verificar la información del (los) proyecto (s), se  deberá presentar como mínimo los siguientes documentos técnicos en medio magnético e impreso.
1.-Presupuesto del proyecto detallado incluyendo costos de construcción con cantidades, precios unitarios, administración de la obra y utilidades, costos de Interventoría y costos indirectos del proyecto (Gerencia, pólizas, costos financieros, entre otros).
2.- Análisis de precios unitarios de los ítems de construcción.
3.- Cronograma completo de las fases del proyecto
4.- Estudio de suelos de acuerdo a la NSR – 10 (aplica para proyectos de vivienda nucleada).
5.- Planos de diseño altiplanimétrico de vías obligadas (aplica para proyectos de vivienda nucleada). 
6.- Planos del levantamiento topográfico del lote para los proyectos agrupados.
7.- Planos del diseño Arquitectónico (plantas, secciones y fachadas) incluyendo el planteamiento del diseño     urbano cuando se trate de vivienda nucleada.
8.- Planos del diseño estructural con memorias de cálculo y certificado de revisión.
9.- Diseño red eléctrica interna.
10. Diseño Hidrosanitario interno.
11.- Diseño aprobado por la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de la conexión a la red de acueducto, a la red de alcantarillado de aguas lluvias y residuales, y a la red de energía eléctrica (aplica para proyectos de vivienda nucleada).
12.- Diseño de redes de gas natural para el proyecto.
13.- Diseño de alumbrado público, y  telecomunicaciones
14.- Listado de los planos que componen el proyecto

NOTA: De ser necesario/concertado,  la asociación asumirá directamente mediante Orden de Prestación de Servicio, el costo de los numerales 4, 9, 11, 12 y 13.

La Asociación recomienda que los anteproyectos consideren en el diseño de la vivienda, los usos y costumbres de la comunidad, con el objeto de mantener unos estándares mínimos de calidad de vida. Sin embargo, como requisitos adicionales, el proyecto deberá contemplar como mínimo las siguientes especificaciones dentro de su alcance:

a).- En lo Arquitectónico:
1. Área sugerida de la vivienda, hasta 140 m2. Esto no implica que los proyectos con áreas menores  no sean considerados importantes.
2. Dos o tres alcobas. Se sugiere tres alcobas, más área para expansión futura.
3. Cocina y zona de ropas (interna o externa).
4. Dos (2) unidades sanitarias.
5. Puertas interiores en baño y alcobas, incluyendo cerraduras.
6. Puertas exteriores en materiales resistentes a la intemperie.
7. Elementos de protección en zonas comunes y balcones.
8. Diseño estructural: cumplir con norma NSR-10.
9. Diseño eléctrico: cumplir con norma Retie y Retilap. 
10.Diseño Instalaciones de telecomunicaciones: RITEL.
11. Diseño Hidrosanitario, manejo de aguas e impermeabilizaciones: Cumplir con Norma RAS-2000. Sistema de recolección y disposición de aguas lluvias provenientes de cubiertas, patios y balcones (canoas y bajantes). Impermeabilización de terrazas y balcones en proyectos donde el diseño contemple estos espacios.
b).- Requerimientos mínimos de Urbanismo
1- Tipología de lotes para vivienda: medianero y esquinero, con destinación exclusiva a vivienda unifamiliar,  (de uno o dos pisos).De estilo arquitectónico con lenguaje urbano (contemporáneo, moderno).
2- Las fachadas, mantendrán un conjunto urbano continuo y armónico, a partir de altos estándares de calidad estructural y arquitectónica, permitiendo generar condiciones de perdurabilidad, pertenencia y mantenimiento en el tiempo.
Para garantizar la continuidad estética de las viviendas, solo se podrán utilizar los siguientes materiales en las fachadas: Mampostería en cemento, color gris en primer nivel, niveles superiores en ladrillo prensado en arcilla, sistemas en seco tipo súper board con dilataciones, mampostería con pañete y dilataciones, elementos metálicos para detalles arquitectónicos, la perfilería de ventanas debe ser de color aluminio anodizado mate natural, está permitido el control solar en vidrios por medio de películas, la cual debe ser color gris, no se permiten vidrios o protecciones tipo espejo.
Se permite la utilización de elementos arquitectónicos para el control de rayos solares, los cuales no pueden sobresalir del paramento mínimo exigido en más de 0.80m
3- El ingreso de vehículos livianos y el acceso peatonal a las diferentes unidades privadas, solo podrá ser realizado por los frentes de los lotes. Para los lotes esquineros, no se permiten accesos por los costados que colindan con el eje principal y las vías perimetrales.
4- Toda vivienda debe tener, respecto al lindero que separa el predio privado de la vía pública, un aislamiento mínimo de cuatro (4) metros, dentro del cual,  1.20m está destinado a la circulación peatonal. El andén debe permanecer libre de cualquier obstáculo o vehículo.
En el aislamiento lateral y posterior de los predios, no se permite ningún tipo de barrera vertical (cerramientos, muros, antepechos, etc.). Se debe conservar la libre circulación y la continuidad visual. Sobre el retroceso no se podrá construir ningún tipo de edificación, cobertizo, caseta, etc. Esta área solo puede ser destinada para estacionamientos privados o zona de maniobra vehicular.
Para el caso de los lotes esquineros sobre la vía principal, se debe prever una distancia de 1.50m, y se destinará exclusivamente como zona verde, o como continuación del andén peatonal.
5- No se permitirá la subdivisión predial de unidades privadas (lotes).
6- Tampoco se permitirá el englobe predial de dos o más lotes colindantes.
VOLADIZOS ( ¿?)
7- La altura de las edificaciones deberá ajustarse a una modulación por niveles: (en el evento de ser de dos pisos), el primer nivel tendrá una altura mínima de 0.00 mts, y los siguientes niveles serán de 0.00 mts. de altura, hasta alcanzar la altura máxima de 0.00 m. En el último nivel, el antepecho no debe superar la altura máxima exigida.
8- Cuando se plantean cubiertas inclinadas o en bóveda, estas deben estar contenidas dentro de los volúmenes con las alturas exigidas.

D) Equipamientos: Los necesarios (concertado).

E) Requisitos Jurídicos (MARCO NORMATIVO)
Todo tipo de construcción y/o adecuación debe regirse, por la legislación municipal, departamental, nacional o cualquier norma que las modifique o sustituya. A continuación presentamos un listado de normas aplicables a los proyectos. Cualquier norma que no esté enunciada en el listado no exime al copropietario de su correcta aplicación:
·         Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10
·         Reglamento Técnico Aplicable a las Barras Corrugadas para Refuerzo de Concreto en Construcciones Sismo resistentes - Decreto 1513 de 2012.
·         Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS 2000
·         Código Colombiano de Fontanería – NTC-1500
·         Normativa expedida por la empresa de servicio público de acueducto y alcantarillado EMQUILICHAO  E.S.P.
·         Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP
·         Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE
·         Reglamento de Instalaciones de Telecomunicaciones – RITEL
·         Reglamento de Instalaciones de Gas
·         Código Eléctrico Colombiano - ICONTEC 2050
·         Normativa expedida por la empresa de servicio público de energía CENTRAL ELÉCTRICA DE OCCIDENTE C.E.O. ESP
·         Protección contra Rayos - ICONTEC 4552
·         Normativa Ambiental expedida por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA DEL CAUCA - CRC -
·         Disposiciones relativas a las licencias urbanísticas - Decreto 1469 de 2010
·         Ley de Bomberos - Ley 1575 de 2012
·         Proyecto de Ley “Póliza obligatoria de responsabilidad civil de constructores”

Realizó: Henry Mosquera Muñoz
             Octubre de 2014






C I R C U L A R Nº 15



ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T 900676898-2


C  I  R  C  U  L  A  R   Nº 15
(Octubre 17 de 2014)



En cumplimiento de las decisiones adoptadas en la asamblea extraordinaria de La Asociación de Vivienda Bosques de La Corona, realizada el 4 de octubre de 2014, me permito dar a conocer un primer documento de invitación a la Fundación Universitaria de Popayán, sede Norte del Cauca, a través del programa de Arquitectura, para que los estudiantes de esta institución nos brinden sus conocimientos formulando el proyecto de urbanismo y arquitectónico de la futura Unidad Residencial.

El documento será ajustado para formular la solicitud de colaboración a otras universidades de la región.


Se anexa además, la idea preliminar del proyecto tanto urbanístico como arquitectónico, esperando sus comentarios al respecto.

Cordial saludo para los asociad@s.


Atentamente,



(Firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ




viernes, 17 de octubre de 2014

R E S O L U C I Ó N Nº 7


ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T 900676898-2

R E S O L U C I Ó N   Nº 7
(Octubre  de 2014)

“POR LA CUAL SE APLICA EL CÓDIGO DICIPLINRIO A  ALGUNOS ASOCIADOS”


La Junta Directiva de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona, en función de las facultades otorgadas en los estatutos y el reglamento Interno y,

C O N S I D E R A N D O:


Que la responsabilidad, la dedicación, el compromiso y el esfuerzo son herramientas con las cuales la asociación podrá cumplir con sus objetivos.

Que constituye falta leve de los asociados, incumplir durante los primeros cinco (5) días calendario de cada mes en el aporte de la cuota de sostenimiento de dos (2) o más meses.

Que realizado el informe de Tesorería,  se encuentran varios asociados implicados en este tipo de falta.

Que a la Junta Directiva, le corresponde cumplir y hacer cumplir la normatividad legal de la Asociación.

Que por lo antes expuesto, es conveniente establecer los correctivos necesarios.

Que en mérito a lo expuesto,


R E S U E L V E:

Artículo Primero.

Aplicar la multa refrendada en los estatutos, equivalente al cincuenta (50%) por ciento por cada mes vencido a los asociados que han incumplido con el aporte durante dos o más meses, así:
Esther Inés Balanta; Claudia Lucero Beltrán Ortiz; Jaime Manuel Burbano; Cajas Giron Maryory; Yuli Fernanda García Daza; Luz María Guasaquillo Ulcue; Javier Guaza Aponza; Lucy Amparo Guzman González; Merlyn Johanna  Hurtado; Juan Pablo  López Tabares; Nancy   Medina Bolaños; Julio Cesar Mera Banguero; Consuelo Aydee Morales Trochez; María Antonia Ortega García;  Silvio Alonso  Ortega González; Angélica María Ospina García; Carol Tatiana Otero Flórez; María Victoria  Penagos Caicedo; Rosa Ángela Pencue Vargas; Norma Liliana Pillimue; Rocío Pillimue Salamanca; Luz Dary Pinzón Pazos; Ronald Leyder Polanco Guerrero; Leslie Patricia Polanco Velasco; Yurguien Ramírez Upegui; Jorge Eliecer Sterling; Zeida Limbania Sterling Pardo; Martha Isabel Tobar Toro; Tathy Dayana Trujillo Morales; Ingrid Milena Villamarin; Piedad Penagos.


Artículo segundo.

Todo asociado inmerso en esta Resolución debe acercarse a  realizar los  aportes de la Asociación y dejar su respectivo comprobante de pago de la o las mensualidades vencidas con el  incremento por mora en la obligación.

PARÁGRAFO: Es indispensable escribir debajo del nombre del espacio para quien consigna (el Asociado), el concepto del pago, y mes objeto de sanción.

Acta de Resolución emitida en Santander de Quilichao, a los 16 días de octubre  2014.



C O M U N I Q U E S E   Y  C U M P L A S E






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HENRY MOSQUERA MUÑOZ                                                   OVEYMAR OREJUELA MERA
Presidente                                                                                     Secretario (Ad – hoc.)






Que es obligación y deber de los asociados, según el artículo 20º reglamentario:
1.    Cumplir con las obligaciones económicas que le correspondan.
2.    Cumplir los demás deberes que resulten de preceptos legales y de los Estatutos.
3.    Tener seriedad, puntualidad y prontitud acogiendo de manera irrevocable el plan de pago de cuotas fijadas fundamentalmente para el proceso obtención del predio.
4.    Abstenerse de incluir en cualquiera acto u omisión que vaya en contra de la estabilidad y buen nombre del proyecto de vivienda.
Artículo 21º- PAGO DEL DERECHO DE SUPERFICIE. La Asociación aceptará pagos parciales de los valores estipulados en el plan de financiación establecido para el pago total del predio respetando el cronograma acordado para tal fin, entendiendo que el corte será treinta (30) días antes de la fecha fijada en el contrato de compraventa del inmueble, establecido entre la asociación como promitente compradora y el promitente vendedor.
Artículo 22º- El asociado que no cancele dentro de estos plazos el valor de las cuotas, perderá el cupo en la Asociación y por ende en el Proyecto. Su lugar lo tomará en primera instancia un asociado y en segunda instancia, el primer inscrito en la lista de opcionales y así sucesivamente, tantos incumplimientos se presenten.
La Junta Directiva expedirá la Resolución respectiva para quién pierda el cupo por esté acontecimiento y su acción será de inmediato cumplimiento.


R E S O L U C I Ó N Nº 6


ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T 900676898-2

  R E S O L U C I Ó N   Nº 6
(Octubre 16 de 2014)

“POR LA CUAL SE INVITA AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
CONTRAIDAS CON LA ASOCIACION”


La Junta Directiva de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona, en función de las facultades otorgadas en los estatutos y el reglamento Interno y,

C O N S I D E R A N D O:

Que dentro de las  responsabilidades definidas en el reglamento interno, los asociados están obligados a cumplir deberes legales y estatutarios.

Que la asamblea Extraordinaria con facultad estatutaria, para la realización del objeto social de la Asociación,  aprobó mediante Acuerdo Nº 04 del 19 de julio de 2014, garantizar un proyecto de presupuesto parcial, mediante aporte de cuota extraordinaria, para la ejecución de acciones prioritarias tendiente a la regulación y legalización urbanística.

Que se estableció en este  acto administrativo, la suscripción de un aporte económico como cuota extraordinaria, en la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE   ($300.000.).

Que el acuerdo, obliga y responsabiliza a los asociados fundadores, y adherentes, copropietarios del primer lote con extensión superficiaria de 23.865 metros cuadrados.

Que se determinó como plazo para cancelar el aporte definido en el Acuerdo Nº 4,  el día miércoles 1º de octubre de 2014, mediante consignación de la suma aprobada en su totalidad.

Que según el ordenamiento reglamentario de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona, constituye falta grave,  el incumplimiento de los acuerdos de la asamblea.

Que al 1º de octubre de 2014, varios asociados han incumplido el acuerdo Nº 04 del 19 de julio de 2014.

Que es deber de la Junta Directiva, cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones emanadas de la Asamblea.

Que reconociendo lo anteriormente expuesto, es necesario expedir acto administrativo pertinente.

Que en mérito de lo anterior,


R E S U E L V E:


Artículo Primero.

Invitar a las siguientes personas en su calidad de asociadas a cumplir con el acuerdo establecido:

1.-Burbano Jaime Manuel, 2.- Guasaquillo Ulcué Luz Marina, 3.- Hurtado Merlyn Johana, 4.- López Tabares Juan Pablo, 5.- Molina Ramos Eliana, 6.- Ortega García María Antonia, 7.- Ospina García Angélica García, 8.- Pencue Vargas Rosa Angélica, 9.- Polanco Guerrero Ronald Leyder, 10.- Polanco Velasco Leslie Patricia, 11.- Ramírez Upegui Yurguien, 12.- Sterling Jorge Eliecer, 13.- Tobar Toro Martha Isabel, 14. Villamarín Ingrid 15.- Milena, Guzmán González Lucy Amparo,   16.- Pillimue Salamanca Norma Liliana, 17.- Pillimue Salamanca Rocío.

Artículo segundo.
Los asociados invitados mediante este acto administrativo podrán cumplir con sus obligaciones hasta el día 21 de Octubre de 2014; en caso contrario se emitirá la resolución de exclusión de la asociación.


Acta de Resolución dada en Santander de Quilichao, Cauca, a los  16 días de octubre de  2014.



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HENRY MOSQUERA MUÑOZ                                       OVEYMAR OREJUELA MERA
Presidente                                                                          Secretario (Ad - hoc)






jueves, 16 de octubre de 2014

C I R C U L A R Nº 14


ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T.  900676898-2

C I R C U L A R   Nº 14
(Octubre 14 de 2014)


Estimad@s asociad@s, reciban cordial saludo.

Me pernito informar a los y asociadas del proyecto Asociación de Vivienda Bosques de La Corona que en aplicación del Reglamento interno, la Junta Directiva, analizará y decidirá la expedición de tres (3) actos administrativos por violación de normatividad estatutaria, evento que se realizará el jueves 16 del presente.

Para el efecto, están elaborados sendos anteproyectos de Resolución, así:

a).- Proyecto de Resolución Nº “Por la cual se determina la exclusión de asociados” copropietarios del primer lote por falta grave: incumplir las decisiones de la asamblea, concretamente, la no cancelación de la cuota extraordinaria aprobada mediante Acuerdo Nº 4.

b).- Proyecto de Resolución “Por la cual se aplica el Código Disciplinario”,  con sanción económica del 50 %.  a los asociados inmersos en falta leve, esto es, atraso por dos o más meses con el aporte de la cuota mensual de sostenimiento que se debe cancelar durante los primeros cinco días calendario de cada mes.

c).- Proyecto de Resolución “Por la cual se resuelve la exclusión de Asociados”, específicamente de los Asociados Adherentes del  2º lote quienes para acceder al DERECHO DE COPROPIEDAD, han incumplido con el aporte de la segunda cuota pactada mediante promesa de compraventa, hasta el día 7 de octubre de 2014.

ES RESPONSABILIDAD Y COMPROMISO DE LOS ASOCIADOS, DEJAR COPIA A LA TESORERA DE LA ASOCIACIÓN, DE TODAS Y CADA UNA DE LAS CONSIGNACIONES.

Con el mayor respeto,


(Original firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ
Presidente Junta Directiva







lunes, 6 de octubre de 2014

CONVOCATORIA URGENTE PARA ASOCIACIONES DE VIVIENDA ALEJANDRÍA Y BOSQUES DE LA CORONA

CONVOCATORIA  URGENTE PARA ASOCIACIONES DE                  VIVIENDA ALEJANDRÍA Y BOSQUES DE LA CORONA

Estimados asociad@s

Con un cordial saludo, respetuosamente les invito a refrendar con su firma, el memorial dirigido a la autoridad Municipal de Planeación, Ordenamiento Territorial y Vivienda con el objetivo de lograr presupuesto para financiar la construcción de un puente sobre el río Quilichao, a la altura de la calle 13, vía anexa al predio de Bosques de la Corona que provocará des embotellamiento de la zona oriental urbana de nuestro municipio.

Favor acercarse a la calle 4ª Nº 10-25 (NATURA SALUD) de la asociada Marina Sandoval, frente a LA JARRA. para conocer el documento.
Se reciben sus firmas hasta el mediodía del viernes 10 del presente.

Gracias,


(Original firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ
Presidente Junta Directiva

Alejandría-Bosques de La Corona