ASOCIACION DE VIVIENDA BOSQUES DE LA
CORONA
N.I.T 900676898-2
C I R C U L A R N° 31
(Octubre 21 de 2015)
Para: Asociados fundadores
y adherentes.
De: Junta Directiva.
Asunto: Normas de
convivencia/Responsabilidades individuales de los asociados.
Cordial
saludo.
Lamentamos
la inadecuada actuación de varios
asociados, que paulatinamente trasgreden el ordenamiento estatutario en torno al desarrollo de las asambleas que se
convocan, pues se está convirtiendo en conducta que
atenta
contra la ética de nuestra organización:
1.
Varios asociados no han asistido a más de siete
(7) reuniones, con y sin excusa.
2.
Algunos asociados envían a personas naturales para que los
represente en las asambleas, pero trasgrediendo el ordenamiento estatutario
legal vigente.
RESPONSABILIDAD,
DEDICACION, COMPROMISO Y ESFUERZO, SON
HERRAMIENTAS PARA PODER ALCANZAR OBJETIVOS
DE LA ASOCIACION, así lo indica el reglamento interno capítulo III de la
ética y moral de los asociados, artículo 11°.
Como
consecuencia, la Junta Directiva ha establecido actuaciones conducentes a
mejorar esta situación real, a través de los siguientes mecanismos al tenor del
estatuto legal y vigente:
A)- Se
citaran a los asociados que tienen más de siete inasistencias a las asambleas
convocadas oficialmente por el órgano de administración, so pena de incurrir en
causal de exclusión. Ellos, se destacan por cierto grado de responsabilidad en
el pago de obligaciones económicas, pero carecen de compromiso, esfuerzo y
dedicación, que se refleja en poca participación en deliberaciones y
decisiones significando de hecho,
agravantes disciplinarios en su contra.
Al respecto,
el filósofo Kant, nos enseñaba que los
medios empleados para lograr los fines son tan importantes como lo fines
mismos. Maquiavelo enseñaba lo contrario, que los fines justifican los medios.
NO BASTA CON ESTAR AL DIA CON LOS COMPROMISOS ECONOMICOS OBLIGATORIOS, respecto
al proyecto de vivienda.
La conciencia altera profundamente la
visión, la disciplina y la pasión introduciéndonos en el mundo de las
relaciones. Nos hace pasar de un estado dependiente a un estado
interdependiente. Cuando esto sucede, todo cambia. Nos damos cuenta de que la
visión y los valores se deben compartir para que la gente esté dispuesta a
aceptar la disciplina institucionalizada de las estructuras y los sistemas que
encarnan esos valores compartidos (Estatuto y reglamento vigentes). Esta visión
común crea disciplina y orden sin exigirlos. La conciencia suele proporcionar
el por qué, la visión identifica el que (lo que tratamos de lograr), la disciplina representa el
cómo (la manera de lograrlo) y la pasión representa la fuerza de los
sentimientos que hay detrás del por qué y el cómo.
La
conciencia es la ley moral de nuestro interior. En donde coinciden la ley moral
y la conducta.
Quizás,
algunos asociados no reconozcan esta creencia, sin embargo, es importante que
reconozcan que existe una condición innata de equidad y justicia, un sentido
innato del bien y el mal, de lo que está bien y lo que está mal, de lo que
contribuye y le que resta.
En el caso
de los asociados que nos ocupa por inasistencia a las asambleas, se centran en
su propia supervivencia, en el propio placer y en la propia mejora sin tener en
cuenta a los demás. No contemplan la posibilidad de estar asociado en función del servicio y de
la contribución, solo les basta decir: “Estoy a paz y salvo con las cuotas de
administración y cuotas extraordinarias”, interpretando este actuar en función
de supervivencia como asociado, en función de su agenda, tal como la afirmo el
escritor Carl Rogers, “lo más personal es lo más habitual”
B)- Igualmente, consideramos importante conocer
fundamentos jurídicos de la representación legal en Colombia, para lo cual, compartimos
la siguiente información extractada de diferentes normas y conceptos legales y,
constituyen una simple guía en materia de poderes, que no exime de las
obligaciones de asesoría legalmente:
La Representación Legal en las Personas
Naturales
Empecemos diciendo que la posibilidad legal de que una persona – natural
o jurídica - sea titular de derechos y cumplidora de obligaciones, además de
comparecer a juicio es lo que se conoce como capacidad legal. Esa titularidad
de derechos y obligaciones se puede ejercer directamente o por interpuesta
persona, generándose la Representación Legal.
En sentido general, la representación es un fenómeno jurídico que
implica la actuación a nombre de otro, es el acto de representar o la situación
de ser representado, sustituir a otro o hacer sus veces.
El derecho atribuye efectos jurídicos a la voluntad humana en la medida en que
ésta es exteriorizada y se propone fines lícitos, la representación surge como
figura jurídica ante la imposibilidad de que todos puedan ejercer directamente
derechos o deberes y que requieren de un representante que realice actos jurídicos
en su nombre como si hubieran sido realizados directamente.
Los derechos se gozan y se ejercitan. El goce de ellos lo tienen todas
las personas pero el ejercicio se limita a lo que la ley conoce como capacidad.
Los incapaces están señalados taxativamente por la ley:
·
Los dementes (incapaces absolutos)
·
Los impúberes (menores de catorce años, incapaces absolutos)
·
Sordomudos, que no puedan darse a entender por escrito (incapaces
absolutos).
·
Los menores adultos que no han obtenido habilitación de edad. (Mayores
de 14 años). Son incapaces relativos, es decir, para ciertos actos.
·
Disipadores que se hallen bajo interdicción. Son los dilapidadores, son
incapaces relativos, igual para ciertos actos.
Además de estas incapacidades hay otras particulares que consisten en la
prohibición que la ley ha impuesto a ciertas personas para ejecutar ciertos
actos. Conforme a lo anterior, las personas naturales se representan:
1.
Directamente, por los ciudadanos (mayores
de 18 años), cuando para la ley no son incapaces. Se es su propio Representante
Legal.
2.
Indirectamente por:
·
Los padres de los menores de 18 años no
emancipados. Los padres que ostenten la patria potestad tienen la representación
legal de sus hijos menores no emancipados siendo esta el conjunto de derechos
que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos no emancipados, para facilitar
a aquéllos el cumplimiento de los deberes
·
El Curador, quien es una persona elegida o designada judicialmente para cuidar de
los sujetos y/o bienes o negocios, de quienes por ley no pueden dirigirse a sí
mismos, o administrar completamente sus negocios y que no se encuentran bajo
potestad de padre que pueda darles la protección debida.
·
El Tutor, figura similar a la anterior a que quien se le impone el cargo a favor
de los impúberes, siempre que no estén bajo potestad del padre que pueda darle
la protección debida.
C)- Sugerimos considerar las siguientes
propuestas de desempeño efectivo (Léase obligaciones estatutarias) de
los asociados:
1.- DOCUMENTACION
Asociado (a) que asiste por medio de apoderado, debe presentar en el
lugar de registro estos documentos:
·
Documento de
identificación.
·
Poder conferido a
su nombre por el asociado con el cumplimiento de los requisitos señalados abajo
en “requisitos de los poderes”.
Asociado representado por curador o tutor: debe probar tal calidad
mediante el aporte de:
Ø
Copia del documento
legal en el que conste tal designación, por ejemplo: Sentencia judicial,
Registro civil de nacimiento.
Ø
Documento de
identidad del asociado que es representado.
Ø
Documento de
identidad del tutor o curador
2.- REQUISITOS DE LOS PODERES
Tenga en cuenta las siguientes reglas al momento de elaborar su poder
para hacerse representar en las asambleas ordinarias o extraordinarias de
asociados de Bosques de La Corona. El poder debe:
1.
Constar por
escrito.
2.
Contener el nombre
del poderdante (asociado que otorga el poder).
3.
Indicar
expresamente el nombre de la persona a la cual se otorga el poder.
4.
Señalar la fecha,
salvo que se trate de poder general conferido por escritura pública.
5.
Hacer referencia a
que se otorga para la asamblea de asociados ordinaria o extraordinaria (según
el caso) Bosques de La corona.
6.
Contener
expresamente la facultad de sustituir y el nombre del apoderado sustituto, en el evento en que se actué como
apoderado sustituto.
7.
Especificar las
facultades que se otorgan al apoderado. El poder expresamente debe contener las
de deliberar y decidir en las decisiones a tomar en la asamblea (ordinaria o
extraordinaria) de asociados, bosques de La Corona.
3.- OTROS ASPECTOS
Y ANEXOS
·
No podrá otorgarse poder a personas vinculadas
como asociadas de Bosques de La Corona.
·
No se pueden otorgar poderes para las
reuniones de Asamblea en las que no aparezca claramente definido el nombre del
apoderado, ni dejar el espacio en blanco para que los administradores o un
tercero determinen dicho representante.
·
Si el poder está contenido en una
escritura pública no tiene caducidad, pero es necesario presentar certificado de vigencia de
la notaría donde fue otorgado, el cual debe ser expedido dentro de los ocho días hábiles anteriores a la Asamblea.
·
Los poderes otorgados en el exterior
no requieren formalidades adicionales a las establecidas para los poderes
otorgados en Colombia.
·
No se requiere que los poderes sean
elevados a escritura pública o autenticados ante un juez o notario, salvo los
casos de poder general.
·
Los poderes no deben presentar
enmendaduras ni tachaduras. A no ser que quien otorga el poder salve la
enmendadura o tachadura mediante su firma al lado de ellas, y siempre y cuando
éstas no desvirtúen los requisitos formales del poder.
·
El poder puede otorgarse a cualquier
persona natural o jurídica, que no tenga la calidad de asociada.
·
Si se trata de poderes otorgados a
personas jurídicas, quien asista a la Asamblea deberá ser el representante
legal de la misma, según conste en el certificado de existencia y
representación legal correspondiente expedido con una antelación no mayor de un
mes a la fecha de la Asamblea.
·
Los socios pueden revocar el poder
conferido, en cualquier momento, siempre que se haga antes de la Asamblea para
la cual se presentó el poder o posterior a ella, pero los efectos serán
posteriores.
Ejemplos Minutas de poderes
(Ejercicio de obligatorio cumplimiento para asociados que por diferentes
circunstancias no pueden asistir a las asambleas convocadas oficialmente)
Ponemos a su consideración dos (2)
modelos de minutas de poderes que pueden ser utilizados según le convenga:
Minuta
N° 1
—
CIUDAD, FECHA DE LA FIRMA DEL PODER— de 2015
Señor
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
PRESIDENTE
ASOCIACION
DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
SANTANDER
DE QUILICHAO -CAUCA-
Yo, (—NOMBRE DE LA QUE OTORGA EL PODER—),
mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía (—NÚMERO—) expedida en (—LUGAR DE
EXPEDICIÓN—), actuando en mi propio nombre y
representación legal y en mi calidad de asociado de Bosques de La Corona,
confiero poder especial, amplio y suficiente a
(—NOMBRE DE LA
PERSONA A QUIEN SE OTORGA EL PODER—) también mayor de edad, con cédula de ciudadanía (—NÚMERO—) expedida en (—LUGAR DE
EXPEDICIÓN—), para que
me represente en la Asamblea General (Ordinaria o Extraordinaria) de Asociados
Bosques de La Corona, convocada para el día ( ) de 2015, a las (a.m. /p.m.) en de esta ciudad.
El
apoderado cuenta con las mismas facultades que me asisten en calidad de
asociado, esto es para deliberar y tomar decisiones en la asamblea.
Este
poder será suficiente para una eventual segunda convocatoria en caso de no
poderse realizar la reunión en mención por falta de quórum, así como se extiende
también para los casos en que dicha
Asamblea fuere aplazada o suspendida.
Atentamente,
_______________________
Firma del
asociado
C.C.
Minuta N° 2
------------------------------, ---------------------------- de 2015
Señores
JUNTA
DIRECTIVA
ASOCIACION
DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
Ciudad.
Asunto: PODER ESPECIAL PARA LA ASAMBLEA
(Ordinaria o extraordinaria) DE ASOCIADOS DE BOSQUES
DE LA CORONA A CELEBRARSE EL
DIA DE DE 2015.
Apreciados señores:
Yo, __________________________________________
identificado (a) con cedula de ciudadanía N°
_______________ de
___________________ , actuando en mi propio nombre como asociado de la
organización de vivienda Bosques de la
corona, confiero poder especial, amplio y suficiente a
____________________________ identificado (a) con cedula de ciudadanía N°
_________________ de _____________ , mayor de edad, para que me represente con voz y voto en la ASAMBLEA DE ASOCIADOS (Ordinaria/Extraordinaria) que ha
sido convocada para para el dia de de 2015 a las (a.m./p.m.) en la ciudad de Santander,
Cauca.
El/La apoderado(a) podrá ejercer sin restricción alguna todos los
derechos y deberes que en el marco de la asamblea me corresponden. En
consecuencia, el apoderado queda con facultades amplias para votar todas las
decisiones en dicha asamblea.
La/El apoderado (a) conservará la representación aquí conferida en las
reuniones de Asamblea que se convoquen por extensión, receso, suspensión,
aplazamiento u otras causa derivada de la Asamblea originaria.
Atentamente,
…………………………………………………
C.C. N°
de
C. de Extranjería N°
de
Acepto:
…………………………………………………….
Cedula de ciudadanía N° de
Finalmente, compartimos reflexiones sobre
la confianza extraídas del libro “El 8° Hábito”, del autor Stephen R. Covey:
LA VOZ Y
LA RAPIDEZ DE LA CONFIANZA.
Es
mayor halago recibir confianza que recibir amor
George McDonald
Cuando tratamos de ampliar nuestra influencia e inspirar a otros para que encuentren
su voz, nos estamos moviendo en el mundo de las relaciones. La construcción
de unas relaciones sólidas no solo exige que el carácter posea unos cimientos
de seguridad interna, abundancia y autoridad moral personal, sino que también
implica exigirnos el máximo esfuerzo en el desarrollo de nuevas HABILIDADES
interpersonales de vital importancia, que nos pondrán a la altura de los
desafíos a los que nos enfrentaremos junto con otras personas.
Bien ¿Cómo es la comunicación cuando existe un elevado nivel de
confianza? Es fácil, no cuesta ningún esfuerzo, es instantánea. ¿Qué sucede
cuando hay un elevado nivel de confianza u usted comete errores? Apenas
importa; la gente le conoce “No se preocupe, lo entiendo” “olvídelo”. “Ya sé lo
que quiere decir. Le conozco”
Ninguna tecnología que se haya inventado puede hacer eso. Quizás en
cierto sentido, esto explica que el corazón es más importante que el cerebro.
Alguien puede estar clínicamente muerto, pero si el corazón sigue latiendo, se
sigue viviendo; cuando se muere el corazón, uno se muere.
Como dice mi hijo Stephen: “No hay nada más veloz, que la rapidez de la confianza”. Es más
rápido que cualquier cosa que se ocurra. Es más rápido que internet, ya que
cuando la confianza está presente, se olvidan y perdonan los errores. La
confianza es la unión de la vida. Es el pegamento que mantiene unidas las
organizaciones, las culturas y las relaciones. Resulta irónico que surja del ritmo
que se adopta al ir lento. Con las personas, rápido es lento y lento es rápido.
Confiabilidad personal
Donde existe confianza duradera, existe
confiabilidad. Siempre es así; es un principio. Igual que la confianza emana de
la confiabilidad, la confiabilidad emana del carácter y la competencia.
Estos son los aspectos del carácter personal: Integridad.
La integridad es cumplir las promesas que uno se
ha hecho a sí mismo o ha hecho a los demás.
Integridad significa estar integrado con los principios y leyes naturales, que,
en última instancia, gobiernan las consecuencias de nuestros comportamientos.
La honestidad es el principio de decir la verdad.
La madurez. Se desarrolla cuando una persona asume las consecuencias de la
integridad y de ganar la victoria personal a uno mismo, una circunstancia que permite
ser valiente y amable al mismo tiempo. La combinación de coraje y amabilidad es
tanto la fuente de donde brota la integridad como la consecuencia de esta.
Mentalidad de abundancia: Significa que, en lugar de ver la vida como una competición con un
solo ganador, se ve como un cuerno de la abundancia repleto de oportunidades,
recursos y riqueza dada vez mayor.
Fraternalmente,
(Original firmado) (Original
firmado)
HENRY MOSQUERA
MUÑOZ JHONATHAN
SUAREZ MONTOYA
Presidente Secretario