ASOCIACION DE VIVIENDA BOSQUES DE LA
CORONA
N.I.T 900676898-2
C I R C U L A R N° 32
(Noviembre 1° de 2015)
Para:
Asociados fundadores y adherentes.
De: Junta
Directiva.
Asunto:
Consideraciones vitales de cara al proceso del proyecto.
Es importante comunicarles que con motivo de la
Resolución de exclusión de varios copropietarios asociados por incumplimiento
de sus obligaciones, es pertinente establecer algunas consideraciones de vital
importancia, así:
1.
Un asociado
afirmo en asamblea del pasado 18 de septiembre que ante la exclusión de
asociados nuestra organización se descapitalizaría. Al respecto se informa que
con fundamento en el estatuto legal vigente, la asamblea está facultada para
negociar los lotes (derechos) que se dispongan. Además, el reglamento Interno
define un porcentaje del 10 % anual del valor del derecho a favor de la
asociación. A la Fecha, estamos en un 10 % del aumento de año 2014 que equivale
a la suma de $ 11,930.000 pesos M/Cte.
Conviene
entonces establecer, en el evento de
definir la negociación de un derecho de copropiedad dicho valor, además de los
pagos por derecho de asociación, 20 cuotas correspondientes a sendos meses de
sostenimiento administrativo y el monto de la cuota extraordinaria de tres
millones. A la fecha, un derecho está costando 14.210.000, salvo si la asamblea
toma otra determinación.
2.
Le corresponde
a la asamblea de asociados atender los
recursos de apelación ante actos administrativo interpuesto a los
asociados vía gubernativa por la junta
Directiva. Consecuente con la norma, los
asociados que asistan a dicha asamblea deben estar a paz y salvo con
obligaciones económicas derivadas internamente, de conformidad con la ética y
moral de los asociados establecida en el reglamento interno.
La asamblea en este evento, debe atender las peticiones y razones expuestas
en los recursos de reposición contra la Resolución N° 11 de 2015, con
responsabilidad, con objetividad.
3.
En junta
directiva se está definiendo un cronograma de realizaciones para la ejecución
del proyecto de vivienda, así:
·
Contratación de
anteproyecto y proyecto de urbanismo, paisajístico, arquitectónico y demás proyectos
de infraestructura de servicios públicos: Diciembre de 2015.
·
Obtención de la
Licencia de urbanismo por parte de la oficina municipal de planeación: Enero
2016.
·
Elevar
solicitudes para obtener los permisos respectivos para ejecutar obras de
infraestructura de los servicios públicos: febrero 2016.
·
Ejecución de
obras de infraestructura de servicios públicos: Marzo-Junio 2016.
·
Obtener
resolución que otorgue licencia de construcción: Julio/2016
·
Sorteo para
determinar los lotes de los asociados: Julio/2016.
·
Inicio de
construcciones de vivienda: Agosto de 2016.
Para el efecto, se está recomendado
hacer un esfuerzo extraordinario para financiar los requerimientos conducentes
al desarrollo del proyecto de vivienda, no mayor al mes de marzo/2016.
De otro lado, se está perfeccionando
el acto administrativo por la cual la Junta Directiva, nombra una comisión
asesora tendiente a definir contrataciones del proyecto de vivienda.
Igualmente, se está elaborando resolución conducente a emplazar a los
asociados que están inmersos en incumplimiento de obligaciones por inasistencia
a las asambleas.
Fraternalmente,
Junta Directiva,
(Documento original firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ OVEYMAR
MERA OREJUELA
Presidente Secretario Ad-hoc
No hay comentarios:
Publicar un comentario