ASOCIACION DE VIVIENDA BOSQUES DE LA
CORONA
NIT: 900676898-2
R E S O L U C I O N N° 22
(Septiembre
14 de 2016)
“POR LA CUAL
SE ADOPTA EL MECANISMO DE CONSULTA INTERNA PARA DETERMINAR ASUNTOS DE
URBANISMO”
El Presidente de la Junta
directiva de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona, en ejercicio de
sus facultades legales, y en especial a
las funciones otorgadas estatutariamente y,
C O N S I D
E R A N D O:
PRIMERO. Que la consulta como
mecanismo cualificado de participación de los asociados en asuntos de su interés, es expreso de sus
derechos generales.
SEGUNDO. Que a la fecha, por
decisiones personales de los asociados, varios han presentado sus respectivas
renuncias voluntarias.
TERCERO. Que como consecuencia de
lo anterior, han quedado varios derechos de copropiedad en retención a nombre
de la asociación.
CUARTO. Que conforme al estatuto
legal vigente, la Asociación como tal,
se convierte en la primera opción retenedora y de dominio de los derechos de copropiedad.
QUINTO. Que es necesario adoptar el mecanismo de
consulta interna para efectuar ajustes y decisiones que se consideren urgentes
para la preparación y desarrollo del contrato
por Orden de Prestación de Servicios Profesionales tendiente a elaborar el proyecto urbanístico,
arquitectónico y paisajístico de la asociación.
En mérito de lo expuesto,
R E S U E L
V E:
ARTICULO
PRIMERO. Adoptar como mecanismo democrático,
el proceso de consulta regulada por la normativa prevista en la presente
resolución, para determinar si la asociación se debe convertir en la primera
opción dominadora de los derechos de copropiedad que quedaron vacantes debido
al retiro voluntario de algunos asociados poseedores de tales derechos.
ARTICULO
SEGUNDO. La presente reglamentación aplica
para todos y cada uno de los asociados fundadores y adherentes. El proceso para
facilitar la consulta tendrá dos fases de desarrollo, el domingo 25 de
septiembre de 2016, en instalaciones de la I.E. Fernández Guerra:
-
Primera Fase. De 10:00 a 10:45
a.m. Asociados fundadores del lote N° 1 de 23.865 M2.
-
Segunda Fase. De 11:00 a 11:45 a.m. Asociados
adherentes del lote N° 2 de 12.948 M2
PARAGRAFO 1. Los asociados implementaran sus decisiones mediante
tarjetón en físico, refrendado por la Junta Directiva.
PARAGRAFO 2. La consulta y su respuesta vincula exclusivamente al
asociado con relación al caso consultado, en tanto no se alteren las
circunstancias, antecedentes y demás datos suministrados hasta el momento del
dictado del acto mediante el cual se responde a la consulta.
ARTICULO TERCERO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición y será publicada en el blog de la asociación.
PUBLIQUESE Y COMUNIQUESE
Dada en Santander de Quilichao, cauca, a los catorce días de septiembre
de dos mil diez y seis
(Documento original firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ
Presidente Junta Directiva
H.M.M./2016
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