viernes, 11 de septiembre de 2015

¿QUÉ ES ACTA ADMINISTRATIVA DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES?

ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T. 900676898-2

¿QUÉ ES ACTA ADMINISTRATIVA DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES?

INTRODUCCIÓN.  El Acta Administrativa de Incumplimiento de Obligaciones, es el documento jurídico-administrativo en el que de manera sucinta, cronológica y detallada se deberán hacer constar los actos u omisiones en que incurrió el/la asociado (a) y que constituyan el incumplimiento de sus obligaciones.
El Acta Administrativa y la Liquidación de Adeudo son documentos complementarios y se encuentran estrechamente relacionados, en tanto que el surgimiento y adecuada determinación de uno, depende del debido cumplimiento y efectividad del otro; con lo cual se busca facilitar la integración de la documentación con destino a la Tesorería y al Órgano de control de la Asociación.
Dichos instrumentos contienen los elementos y conceptos que de manera general, ordenada y sistemática, deben considerarse al momento de su levantamiento y determinación. Contendrá la narración de los hechos y determinación de incumplimiento de obligaciones por parte del asociado (a), sin que en el mismo se tengan que asentar o llevar a cabo operaciones aritméticas, cálculos o determinación de montos, ya que éstos serán materia de la liquidación que con posterioridad y en documento por separado se lleve a cabo, por lo que únicamente se concretará a establecer con precisión, detalle y claridad el incumplimiento que dio origen a la sanción, por imposibilidad sobreviviente, se incluyen en este punto todas las causas extrañas no imputables a una persona que ocasiona la imposibilidad total o parcial para ejecutar una prestación estas son:

·         Fuerza Mayor, conjunto de actos de terceras personas que ocasionan la imposibilidad de cumplir una prestación. Ej. Caídas de aviones accidentes, expropiaciones. Son también conocidos como Actos del príncipe. También se los conoce como eximentes de responsabilidad en el cumplimiento del contrato.
·         Caso Fortuito, son los acontecimientos de la naturaleza que son imposibles de superar ej. Huracanes, inundaciones.
·         Excesiva honoresidad, la prestación prometida resulta extremadamente gravosa para una parte, por lo que su cumplimiento le es demasiado costoso y oneroso.

Deberá levantarse en papel oficial o membretado de la Asociación. Se iniciará señalando la fecha día, hora y domicilio en que la misma se esté llevando a cabo, incorporándose los nombres y cargos de los participantes facultados legalmente para su instrumentación, ante dos testigos de asistencia.
Los hechos constitutivos del incumplimiento se podrán asentar en forma íntegra en la propia narración, o en su caso, haciendo referencia a los documentos en que se encuentren contenidos; en este caso se deberá establecer en la propia acta el señalamiento expreso de que los documentos referenciados forman parte integral de la misma. Al narrarse los hechos suscitados que dieron origen a la rescisión es importante que se incluya de manera especial, el procedimiento llevado a cabo, considerando de manera particular los siguientes aspectos:
1) Oficio mediante el cual se le dio a conocer al asociado (a) el incumplimiento en que incurrió, describiendo la fecha en que el mismo le fue notificado y el plazo que se le haya otorgado para que manifestara lo que a su derecho conviniera, así como su debida notificación en términos de lo dispuesto por los artículos estatutarios. 
2) El señalamiento de que el asociado (a) ejerció o no el derecho concedido, consistente en exhibir pruebas o manifestar lo que a su derecho conviniera en relación al incumplimiento que se le dio a conocer.
3) Deberá mencionarse la fecha en que se citó al asociado (a)  para llevar a cabo el ACTA DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES, indicando lugar y hora; asimismo y en caso de que el asociado (a) no acuda a la cita se deberá mencionar que se le comunicó mediante acta de notificación previo citatorio conforme a las reglas que prevé para tal efecto la Ley del Procedimiento Administrativo y que en consecuencia el mismo se llevó a cabo sin su presencia.
5) El Acta deberá contener los datos precisos de los documentos con los que se llevaron a cabo los actos que sustentan la rescisión y demás actos inherentes, ordenándolos cronológicamente, precisándose fechas, hechos y notificaciones realizadas para la rescisión.
6) Las notificaciones de los documentos que se den a conocer a los asociados (as) deben encontrarse apegadas a derecho y conforme a las reglas que para tal efecto establecen los artículos relacionados con el  Procedimiento Administrativo.
PREVENCIONES Se hace patente que el contenido del presente documento podría variar de conformidad a las reformas que se publiquen a las leyes aplicables a la materia o a la adecuación que las dependencias realicen en torno a los tipos de contrato u obligaciones que tengan celebradas Cabe destacar que los conceptos que han sido señalados y desarrollados en el presente documento para la elaboración del Acta, son adaptables y serán incorporados sólo en los casos en que la propia dependencia los considere adecuados y aplicables al caso específico.







ASOCIACIÓN DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T  900676898-2

ACTA ADMINISTRATIVA DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Para dar cumplimiento con las actuaciones al procedimiento de efectividad del debido proceso, se formula esta Acta para establecer los actos y omisiones que constituyen el incumplimiento por parte de (Nombre y apellidos completos del asociado/a) al Acuerdo de Asamblea Ordinaria, que con fecha 7 de febrero de 2015 se celebró.
LUGAR Y FECHA: La presente acta se levanta en las oficinas que ocupa Cultivarte, ubicada en el Edificio Antiguo de la Alcaldía Municipal, Santander de Quilichao, parque Francisco de Paula Santander, siendo las         horas del día        de        del año dos mil quince.
INTERVIENEN: La instauración de la presente acta la llevan  a cabo,
 OBJETO: Las presentes actuaciones se formulan para hacer constar los actos y omisiones que constituyen el incumplimiento de las obligaciones económicas garantizados por parte del asociado (a)                                          
 ANTECEDENTES:
1.- En la Asamblea Extraordinaria convocada mediante Circular Nº    la Junta Directiva, aportó en su documentación LAS BASES DE SUSTENTACIÓN DE UN PROYECTO DE ACUERDO. Los asociados asistentes, en señal de haberlas revisado, estando enterado y modificando su contenido aprobaron por mayoría absoluta el Acuerdo Nº 06 del 7 de febrero de 2015, según consta en el ACTA DE ASAMBLEA EXTAORDINARIA de fecha 7 de febrero de 2015, en la que se determinó que la proposición presentada  por la Junta directiva, y modificada en la discusión de la misma era la más conveniente para la Asociación adjudicándose un objetivo primordial consistente en: “financiar parcialmente los proyectos de infraestructura de servicios públicos domiciliarios dentro del (los) conjunto (s) residencial Bosques de La Corona”.
2.- Mediante circular Nº 24 del día 24 de agosto de 2015 se amplió el plazo para cancelar el aporte extraordinario de tres millones de pesos suscrito mediante acuerdo de asamblea extraordinaria hasta el día miércoles 2 de septiembre de 2015, en horario de atención al público en Coprocenva.
Con base a los antecedentes antes descritos, y previa NOTIFICACIÓN Nº AVBC 01/15 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015, emitida por el señor HENRY MOSQUERA MUÑOZ, en su carácter de Representante Legal de la Asociación de vivienda Bosques de La Corona, con relación al Acuerdo Nº 06 del 7 de febrero de 2015, a continuación se señalan los actos y omisiones, en que incurrió el asociado (a)                                                      y que fueron materia de análisis y resolución en acto administrativo contenido en la Resolución de fecha 7 de septiembre de 2015.
PRIMERO.- Como ACTO preliminar al Acuerdo Nº 06 de 2015, el asociado (a) nnnnnnnnnnnnnn                                            aceptó como parte integrante QUE CONOCIA las Disposiciones Legales Aplicables a la Materia, LAS NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES de la convocante, conforme a los cuales se debería de realizar el Acuerdo; todos estos derechos y obligaciones fueron contraídos por                                                                         mediante la suscripción del Acuerdo Nº 06 del 7 de febrero de 2015, los cuales fueron incumplidos dando lugar a que se actualizarán en su perjuicio las causales de Sanción Administrativa dictada por la Junta Directiva.
SEGUNDO.- EI asociado (a)                                                                                      ,se obligó a ejecutar la cancelación de una cuota extraordinaria en un tiempo determinado, los cuales no cumplió en términos del programa.
TERCERO.- La determinación del incumplimiento de las obligaciones económicas contraídas con la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona se especifica en la narración de los siguientes hechos:
a),
 b),
 c)…..
CUARTO.- De lo anteriormente expuesto y fundado, se desprende y hace constar el incumplimiento en que incurrió el Asociado (a)                                                                                            respecto del Acuerdo Nº 06  de fecha 7 de febrero de 2015, motivo por el cual líbrese oficio a la Tesorería de la Asociación, a efecto de solicitarle que se hagan efectivas los aportes económicos de referencia que han quedado descritas, (EN LA CANTIDAD QUE SE DETERMINE EN LA LIQUIDACIÓN CORRESPONDIENTE).
No habiendo otro asunto que tratar, se dan por concluidas las presentes actuaciones, siendo las             hrs., del día de su inicio, ante la presencia de quienes intervinieron en esta acta administrativa de incumplimiento, previa lectura de la misma, la ratifican firmando al final y al margen todas y cada una de las fojas que la integran.



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