viernes, 11 de septiembre de 2015

R E S O L U C I Ó N Nº 09

Asociación de vivienda Bosques de La Corona
N.I.T.  900676898-2

R E S O L U C I Ó N   Nº  09
(Septiembre 6 de 2015)

De conformidad con las funciones de la Junta Directiva, conferidas en el artículo 52, literal b de los Estatutos de la Asociación de Vivienda Bosques de la Corona y,


C O N S I D E R A N D O:

Que los Asociados, STERLING  JORGE  ELIECER, STERLING PARDO  ZEIDA LIMBANIA Y  PONCE CRUZ  LUIS EDUARDO, han solicitado respectivamente y mediante documento escrito,  retiro voluntario  de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona.
Que el día 6 de septiembre de 2015, en sección de Junta Directiva de la Asociación de vivienda Bosques de La Corona, se aprobó por unanimidad el retiro voluntario de los asociados citados.
Que es función de la Junta Directiva de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona, proferir los actos administrativos de conformidad con el estatuto y reglamento interno.
Que en mérito a lo expuesto,

R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar los retiros voluntarios de los Asociados Jorge Eliecer Sterling, Zeida Limbania Sterling Pardo y, Luis Eduardo Ponce Cruz.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar a la Tesorería de la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona el reintegro de los aportes suscritos por los asociados en retiro consignados en el Fondo Asociativo para la adquisición de los derechos de copropiedad, así como los aportes extraordinarios aprobados en Asamblea de Asociados.
PARÁGRAFO  UNO. De conformidad con norma estatutaria, a  los  Asociados en retiro se les deducirá del reintegro, un porcentaje equivalente al cinco (5 %) de sus aportes al Fondo Asociativo, para la adquisición de sus respectivos derechos de copropiedad, además de las obligaciones económicas por concepto de cuota de sostenimiento, hasta el mes de agosto de 2015.
PARÁGRAFO  DOS. En el evento que el asociado en retiro haya aportado recursos económicos por concepto de cuotas extraordinarias, el reintegro de dichos dineros será del cien (100 %).
ARTÍCULO TERCERO. Notificar la presente Resolución a los Asociados mencionados en el artículo 1º de conformidad con el artículo 67 de la ley 1437 de 2011 que expresa que los actos administrativos podrán ser notificados por medio electrónico.
ARTÍCULO CUARTO. Contra la presente Resolución, puede interponerse los recursos contemplados en el derecho administrativo y contemplado en el estatuto de la Asociación de Bosques de La Corona.
ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha.

Dada en Santander de Quilichao, Cauca, a los seis días de septiembre de dos mil quince.


COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE





(Original firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ                                                    JHONATHAN SUAREZ MONTOYA
 Presidente Junta Directiva                                               Secretario Junta Directiva


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