viernes, 11 de septiembre de 2015

RESOLUCIÓN Nº 08

ASOCIACION DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA
N.I.T  900676898-2

  RESOLUCIÓN Nº 08
(Septiembre 7 de 2015)

“POR MEDIO DEL CUAL SE DETERMINA UNA DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES SANCIONATORIAS”

El Representante Legal de la Asociación de vivienda bosques de La corona en ejercicio de las facultades concedidas por el estatuto especialmente por el artículo 49, literal b, la cual se delega la facultad de expedir actos administrativos necesarios para  el buen funcionamiento de la asociación y,

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Acto Administrativo proferido por Asamblea Extraordinaria de Asociados el día 7 de febrero de 2015, se  estableció mediante ACUERDO Nº 06, la suscripción o aporte extraordinario de tres millones ($ 3.000.000) de pesos M/cte. hasta el día 31 de agosto de 2015 y posteriormente modificado mediante circular, hasta el día 2 de septiembre de 2015.

Que de acuerdo con lo anterior y en virtud de los preceptos de los asociados en consideración que al celebrar acuerdos y con la ejecución de los mismos, la asociación puede tener eficiente y continua prestación de sus obligaciones y la efectividad de los derechos e intereses de los asociados que colaboran en ello en la consecución de dichos fines.
En tal orden, los actos administrativos celebrados que se encuentran sometidos al estatuto generan obligaciones y que estas a su vez se encuentran facultados a conminar al asociado al cumplimiento de sus obligaciones,  como adoptar las medidas frente a un incumplimiento, en desarrollo del derecho-deber que le corresponde y deben seguir un procedimiento previo y garante de los derechos del asociado, siempre que dicha facultad haya sido previamente incorporada.

Que en el caso que nos ocupa resulta indispensable relacionar de manera detallada las circunstancias fácticas admitidas en el Acuerdo Nº 06 del 7 de febrero de 2015.

Que los actos ejecutados por el órgano de administración que no estuvieran autorizados estatutariamente o fueran limitados por la ley o por el estatuto, solamente comprometerán su responsabilidad personal.

Que la Asociación de Vivienda Bosques de La Corona se encuentra en estado de cesación de aportes económicos y el Órgano de Dirección, no puede autorizar o ejecutar actos violatorios del estatuto como la exoneración de deberes de los asociados.

Que en mérito a lo expuesto,

R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO. Conminar a los asociados que han incumplido obligaciones económicas mediante notificación oficial y,  que necesariamente están inmersos en causal sancionatoria,  a declaración del ACTA DE INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.

ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar la declaración de incumplimiento de todos y cada uno de los asociados que no están a paz y salvo con sus  obligaciones económicas estatutarias definida en el acuerdo Nº 06 del 7 de febrero de 2015.

ARTÍCULO TERCERO. Notificar la presente Resolución a los asociados comprometidos en tal incumplimiento de conformidad con lo establecido en el estatuto, advirtiendo que contra la norma procede recurso de reposición el cual podrá interponerse ante la Junta Directiva de la Asociación de vivienda bosques de La Corona, en aras de garantizar de manera adecuada el derecho a la defensa.
PARAGRAFO: De conformidad con lo establecido  en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011, el presente acto Administrativo, podrá ser notificado por medio electrónico

ARTÍCULO CUARTO. Conceder el otorgamiento de un plazo de gracia a los asociados en mora y que por ende su obligación esta incumplida,  no  superior a VEINTI CINCO (25) DÍAS NATURALES,  esto es, hasta el día  2 de octubre de 2015. La determinación personal del asociado deudor quedará registrada en Acta de Incumplimiento señalando los hechos que contribuyeron a la determinación de encontrarse en mora., así como el compromiso reparatorio de su actuación, A TRAVÉS DEL ACTA DE ADEUDO.

ARTÍCULO QUINTO. Esta Resolución rige a partir de la fecha de expedición para los asociados en mora y que por ende su obligación está incumplida.



                                                                         
COMUNIQUESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE




(Firmado)
HENRY MOSQUERA MUÑOZ                                                                  JHONATHAN SUAREZ MONTOYA
REPRESENTANTE LEGAL ASOCIACIÓN                                                     SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA
DE VIVIENDA BOSQUES DE LA CORONA













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